Distancias de plantación en Galicia y Asturias
CARRETERAS AUTONÓMICAS - COMÚN A TODAS LAS ESPECIES
RESPECTO A | DISTANCIA |
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Autopistas y autovías | 8 m (prohibido plantar) 100 m (plantación previa autorización) |
Corredores | 8 m (prohibido plantar) 50 m (plantación previa autorización) |
Carreteras regionales y comarcales | 3 m (prohibido plantar) 30 m (plantación previa autorización) |
Carreteras locales | 3 m (prohibido plantar) 20 m (plantación previa autorización) |
CROQUIS
LÍNEAS DE TENDIDO ELÉCTRICO - COMÚN A TODAS LAS ESPECIES
RESPECTO A | DISTANCIA |
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Muy alta tensión | 5,5 metros |
Alta tensión 220 kw | 3,7 metros |
Alta tensión 132-110 kw | 2,80 metros |
Alta tensión 110 - 50 kw | 2,60 - 2 metros |
Media y baja tensión | 2 metros |
CROQUIS
OTRAS DISTANCIAS DE PLANTACIÓN - COMÚN A TODAS LAS ESPECIES PARA GALICIA Y ASTURIAS
RESPECTO A | DISTANCIA |
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Costa | 6 metros medidos tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar. |
Aguas | 5 metros de anchura, medida ésta desde el punto hasta el cual llegan las aguas en máxima crecida ordinaria (se puede plantar pero con autorización) |
Carreteras estatales, Autopistas, autovías y vías rápidas | 8 metros desde ,a arista exterior de explanación (no se puede plantar) 100 metros desde la arista exterior de la explanación (se puede plantar pero con autorización). |
Demás carreteras estatales | 3 metros desde la arista exterior de explanación (no se puede plantar) 50 metros desde la arista exterior de explanación (se puede plantar pero con autorización). |
Ferrocarril | 8 metros desde la arista exterior de explanación (no se puede plantar) 70 metros desde la arista exterior de explanación (se puede plantar pero con autorización). |
Gasoductos | En la franja definida por la zanja donde van alojadas las canalizaciones de gas, incrementada en un total de 4 metros. |
CROQUIS